Señalización voluntaria de advertencia de peligro de ángulos muertos

El pasado 27 de septiembre de 2021, la DGT publicó la Instrucción VEH 21/05, con asunto “Señalización voluntaria de advertencia de peligro de “ángulos muertos” en autocares, vehículos comerciales ligeros, camiones rígidos, tractocamiones y vehículos de transporte de residuos urbanos.

Los accidentes entre usuarios vulnerables y vehículos comerciales y pesados conformaron una parte relevante de los accidentes con fallecidos y heridos graves en vías urbanas. Así, un 22,2% de los peatones fallecidos y un 34,5% de los ciclistas fallecidos en vías urbanas en 2017 lo fueron en accidentes en que estaban implicados camiones, furgonetas o autobuses.

En este entorno, resulta primordial avanzar hacia la protección de los usuarios vulnerables y, en concreto, reducir al máximo las situaciones de riesgo derivadas de su convivencia con vehículos comerciales y pesados. Se ha detectado que la mayoría de las situaciones de riesgo que se producen en relación con un vehículo comercial o pesado se derivan de la imposibilidad de visión de los conductores sobre su entorno inmediato (laterales y parte trasera), lo que constituyen los denominados “ángulos muertos”.

En la actualidad, la tecnología es capaz de solventar la problemática de los ángulos muertos a través de los sistemas avanzados de ayuda a la conducción (ADAS), capaces de mejorar la visibilidad en los puntos ciegos y de aquellas zonas donde el conductor pueda tener dificultades de visión a la hora de maniobrar.

En este sentido la Dirección General de Tráfico, junto con empresas de reparto y los principales ayuntamientos, está trabajando para promover la instalación de sistemas ADAS aftermarket (accesorios) que permitan mejorar la visibilidad en las flotas de reparto. Sin embargo hasta que el uso de la tecnología esté generalizado algunos países de la UE han establecido medidas elementales y de bajo coste que tienen como finalidad, a través de señales adhesivas incorporadas al vehículo, advertir a los usuarios vulnerables de la presencia de ángulos muertos en los vehículos de mayores dimensiones con los que conviven.

  • Francia ha establecido de forma obligatoria y desde el 1 de enero de 2021 la colocación de señales de advertencia en todos los vehículos de más de 3,5 toneladas de MMA que circulen por su territorio.
  • En Alemania, varios organismos y asociaciones públicas, como mutuas laborales, promueven de forma voluntaria la colocación de señales de advertencia en camiones.

En este sentido, la presente instrucción tiene por objeto definir la señal voluntaria de advertencia de peligro de ángulos muertos, sus características y su correcta disposición en los vehículos a los que va dirigida, con la finalidad de que los usuarios vulnerables puedan advertir el peligro cuando se aproximen a los vehículos señalizados.

La colocación de la señal de advertencia de peligro de ángulos muertos es de carácter voluntario.

La presente Instrucción recoge una primera medida enmarcada en un conjunto de acciones que se están analizando a nivel de la Unión Europea para la disminución del riesgo de accidente mediante la mejora de la visibilidad del conductor en vehículos comerciales y pesados. El objetivo último es la mejora de la visión directa, pero hasta que todos los vehículos incorporen sistemas avanzados de ayuda a la conducción (ADAS), la opción de señalización en el propio vehículo, alertando de la existencia de ángulos muertos es de gran utilidad.

La colocación de la señal de advertencia de peligro de ángulos muertos será voluntaria para los titulares de:

  • Vehículos de transporte de viajeros de más de 9 plazas, incluido el conductor, (M2 y M3)
  • Vehículos de transporte de mercancías de las categorías N1, N2 y N3
  • Vehículos de transporte de residuos en el ámbito urbano (N2 y N3)

Las señales que vayan a ser comercializadas y puestas en servicio en territorio español deberán cumplir con el diseño y las dimensiones detalladas en el anexo I, y con las especificaciones técnicas detalladas en el anexo IV.

Con el fin de conseguir la máxima visibilidad, así como enfatizar y marcar el lateral de los vehículos, la señalización deberá realizarse con material reflectante, con unas partes en color blanco, y con unas especificaciones fotométricas y colorimétricas iguales o superiores a las señaladas en los cuadros 1 y 2 del anexo IV.

Queda prohibida la adhesión o fijación en los vehículos, de señales de advertencia de peligro de ángulo muerto no conformes según lo previsto en esta Instrucción (a excepción de las reguladas en otros países de la Unión Europea)

Colocación de las señales en los vehículos: Las señales se colocarán de manera que sean visibles en todas las circunstancias y de forma que no obstaculicen la visibilidad de las placas de matrícula, las luces, los dispositivos de señalización ni el campo de visión del conductor.

En la propia instrucción se indica cómo debe ir colocada en los diferentes vehículos.

Reconocimiento de la señalización equivalente de otros países si hay reciprocidad: Se reconoce como equivalente a todos los efectos la señalización de advertencia de peligro de ángulos muertos que puedan disponer vehículos matriculados en otros países de la UE cuando circulen por territorio español.

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